viernes, 7 de diciembre de 2018

Aprueba IEPC la convocatoria y lineamientos para el registro de las y los ciudadanos que deseen participar de manera independiente en la elección ordinaria para renovar los 39 municipios de Durango en el Proceso Electoral Local 2018-2019



El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango (IEPC)  aprobó la expedición de la convocatoria y los lineamientos del procedimiento para el registro de aspirantes, dirigida a las ciudadanas y a los ciudadanos que de manera independiente  deseen participar en la elección ordinaria para renovar los treinta y nueve ayuntamientos de la entidad en el Proceso Electoral Local 2018-2019.

De esta manera las ciudadanas y ciudadanos que pretendan postularse como candidato(a) independiente a los cargos de Presidente/a, Síndico/a o Regidor/a de alguno de los 39 ayuntamientos del Estado, deberán reunir los requisitos de elegibilidad siguientes:

      I.        Ser ciudadano (a) duranguense, en pleno ejercicio de sus derechos, originario del Municipio y con residencia efectiva de tres años, o ciudadano (a) duranguense con residencia efectiva que no sea menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección.
     II.        Ser mayor de veintiún años de edad al día de la elección.
    III.        En el caso de ser Secretario o Subsecretario, Diputado en ejercicio, Magistrado, Consejero de la Judicatura, Comisionado o Consejero de un órgano constitucional autónomo, funcionario municipal de mando superior, servidor público de mando superior de la Federación, o militar en servicio activo, deberá separarse del cargo noventa días antes de la elección.
    IV.        No ser Ministro de algún culto religioso.
     V.        No haya sido condenado por la comisión de delito doloso.
    VI.        Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial de elector;
   VII.        No ser Magistrado Electoral, Secretario General de Acuerdos del Tribunal, o Consejero Presidente o Consejero Electoral, Secretario Ejecutivo, Director o Titular de Unidad Técnica del Instituto, Presidente, Secretario o Consejero Electoral de los Consejos Municipales del Instituto, salvo que se separe del cargo dos años antes de la fecha del registro de la candidatura;
  VIII.        No haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular por algún partido político, en los tres años inmediatos anteriores a la postulación;
    IX.        No haber desempeñado algún cargo de elección popular, con la calidad de propietario, suplente, provisional, interino o sustituto, en los tres años inmediatos anteriores a la postulación;
     X.        No ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la postulación; y
    XI.        No podrá registrarse como candidato independiente, quien participe en un proceso de selección interno de un partido político, para designar candidatos a cargos de elección popular.

En la Convocatoria aprobada se precisa que las ciudadanas y ciudadanos que pretendan postularse como candidatas o candidatos independientes a Presidente/a municipal de alguno de los 39 ayuntamientos del estado deberán presentar la manifestación de intención a partir del día 7 de diciembre de 2018 y hasta el 23 de enero de 2019 y presentar la documentación siguiente:

1. Escrito de manifestación de intención de la candidatura a Presidente Municipal, que deberá presentarse ante el Secretario del Consejo Municipal correspondiente, en original, con firma autógrafa de la ciudadana o el ciudadano interesado, propietario y suplente, mediante los formatos aprobados por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango.

2. Integración de la planilla completa con fórmulas de propietarios y suplentes, respetando que la lista de regidurías sea encabezada por género femenino y se alternarán las fórmulas de distinto género hasta agotar la lista, las fórmulas deberán ser integradas bajo el siguiente criterio:

Propietario
Suplente
Masculino
Masculino o Femenino
Femenino
Femenino

Se estableció que a más tardar el día 30 de enero de 2019, el Consejo Municipal Electoral respectivo resolverá sobre la procedencia de los escritos de manifestación de intención. De resultar procedente la manifestación de intención, se expedirá constancia a la ciudadana o el ciudadano interesado(a) y  a partir de la expedición de la constancia, la ciudadana o el ciudadano interesado(a) adquirirá la calidad de aspirante a candidato (a) independiente.

Las constancias de aspirante a candidato o candidata independiente deberán entregarse el día 1 de febrero de 2019, para todos (as) y cada uno de las y los ciudadanos interesados que hayan cumplido con los requisitos.

A partir del día 2 de febrero de 2019 y hasta el 3 de marzo de 2019, las y los aspirantes podrán realizar actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano, por medios diversos a la radio y la televisión.

Las o los aspirantes a candidatos como Presidentes Municipales deberán reunir la firma de por lo menos la cantidad de ciudadanos equivalente al 1% de la lista nominal de electores correspondiente al municipio en cuestión, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, y estar integrada por electores de por lo menos la mitad de las secciones electorales que comprenda, que sumen como mínimo el 0.5 por ciento de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores de cada una de ellos, cifras que se encuentran disponibles para su consulta en la página electrónica del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango, en el apartado denominado Candidaturas Independientes.
En la siguiente tabla se integra la cantidad de apoyo ciudadano necesario para la obtención del registro para una candidatura independiente por municipio, es decir la cantidad de firmas necesarias para que un aspirante a candidato independiente quede registrado como candidato siempre y cuando cumpla con los requisitos de la convocatoria y el tope de gastos para recabar el apoyo:
Municipio
No. de secciones
1% Lista Nominal
Tope de gasto para recabar apoyo ciudadano 2018 – 2019
CANATLAN
39
243
$83,993.24
CANELAS
14
32
$11,191.15
CONETO DE COMONFORT
9
35
$12,256.98
CUENCAME
40
254
$86,934.78
DURANGO
333
4,740
$1,597,396.71
SIMON BOLIVAR
16
78
$27,511.58
GOMEZ PALACIO
206
2,544
$855,762.01
GUADALUPE VICTORIA
26
289
$99,237.33
GUANACEVI
23
74
$26,242.41
HIDALGO
8
34
$11,920.40
INDE
17
44
$15,685.84
LERDO
80
1079
$365,146.39
MAPIMI
25
180
$61,656.52
MEZQUITAL
32
285
$92,646.05
NAZAS
17
94
$32,630.34
NOMBRE DE DIOS
21
144
$51,224.84
NUEVO IDEAL
29
209
$72,093.88
OCAMPO
19
68
$24,752.36
EL ORO
30
95
$33,769.79
OTAEZ
14
38
$13,217.62
PANUCO DE CORONADO
16
109
$37,812.21
PEÑON BLANCO
14
85
$29,559.09
POANAS
23
192
$66,312.48
PUEBLO NUEVO
48
323
$108,366.95
RODEO
23
98
$34,400.87
SAN BERNARDO
12
28
$9,764.21
SAN DIMAS
38
134
$47,032.99
SAN JUAN DE GUADALUPE
            16
44
$15,871.66
SAN JUAN DEL RIO
23
98
$34,590.20
SAN LUIS DEL CORDERO
4
19
$6,521.16
SAN PEDRO DEL GALLO
8
15
$5,206.41
SANTA CLARA
9
53
$18,571.28
SANTIAGO PAPASQUIARO
62
365
$125,101.09
SUCHIL
11
52
$18,469.61
TAMAZULA
31
160
$53,543.63
TEPEHUANES
27
98
$33,787.32
TLAHUALILO
26
149
$51,860.75
TOPIA
13
57
$19,493.36
VICENTE GUERRERO
17
169
$57,652.66


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