jueves, 21 de febrero de 2019

LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DETERMINÓ QUE UN PARTIDO POLÍTICO QUE PERDIÓ EL REGISTRO NACIONAL Y OPTÓ POR MANTENERSE COMO LOCAL, PUEDE ACCEDER A FINANCIAMIENTO PÚBLICO SIN QUE SEA CONSIDERADO COMO UN PARTIDO NUEVO




En la sesión de este día se dio cuenta del juicio de revisión constitucional electoral 7 de este año, en el que el Partido Revolucionario Institucional impugnó la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua que confirmó el acuerdo del Instituto Electoral local, relativo al ajuste a la distribución del financiamiento público para los partidos políticos durante 2019, derivado de la aprobación del registro del partido Nueva Alianza Chihuahua como partido local.

Al resolver, el Pleno de la Sala Guadalajara confirmó la sentencia impugnada debido a que, conforme lo ha resuelto la Sala Superior de este Tribunal, los partidos políticos nacionales que perdieron su registro y optaron por mantenerlo en el orden local, pueden acceder al financiamiento público sin que sean considerados para ese fin como un partido político nuevo.

También fue resuelto el juicio ciudadano 14 de 2018, promovido por un ciudadano contra la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Durango que desechó su demanda contra la designación del Director Jurídico del Instituto Electoral local por falta de interés jurídico.

La magistrada y los magistrados de esta Sala determinaron revocar la sentencia impugnada, ya que la parte actora se quejaba de que no existió convocatoria para el proceso referido y, por tanto, no tuvo la posibilidad de registrarse y participar en dicho proceso, sin embargo, el Tribunal local le desechó la demanda porque no acreditó que se hubiera registrado, siendo precisamente de eso de lo que se estaba quejando.

Las resoluciones de la Sala Regional Guadalajara pueden consultarse en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx

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