sábado, 25 de septiembre de 2021

LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF RESUELVE CONTROVERSIAS RELACIONADAS CON ELECCIONES DE MUNÍCIPES EN JALISCO.



En sesión pública de hoy, los integrantes del pleno revocaron parcialmente la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, relacionada con la elección de munícipes de Zapotlanejo, pues contrario a lo que sostuvo el órgano jurisdiccional local, la demanda del partido MORENA en el juicio de inconformidad local 17 de 2021 sí fue presentada dentro del plazo establecido en el Código Electoral local. 

Ante la premura para resolver la controversia, en plenitud de jurisdicción se analizó la demanda primigenia, pudiendo advertirse que dos de las mesas directivas de casilla se integraron de manera indebida, pues las personas cuestionadas no fueron designadas ni se encontraron dentro del listado nominal correspondiente a la sección, por lo que la Sala Regional declaró la nulidad de dichas casillas y modificó el acta de cómputo municipal.

Toda vez que la modificación señalada generó un cambio de ganador, se revocaron las constancias de mayoría entregadas a la planilla postulada por Movimiento Ciudadano, y se ordenó, previa verificación de los requisitos de elegibilidad, expedir las constancias de mayoría y validez a la planilla postulada por MORENA (SG-JRC-307/2021 y acumulado). 

Por otra parte, se confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, relacionada con la elección de munícipes de Jilotlán de los Dolores. Ello, al considerar correcta la decisión de la responsable de anular dicha elección y ordenar que se realice una extraordinaria. 

Lo anterior, toda vez que del análisis del material probatorio se advierte que, previo a la celebración de la jornada electoral, se llevaron a cabo actos de violencia con el propósito de coaccionar y presionar el libre ejercicio del sufragio dentro del proceso electoral, lo que generó la nulidad de dicha elección (SG-JRC-251/2021). 

En dicha sesión se resolvieron nueve juicios ciudadanos y doce de revisión constitucional electoral, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx

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