En el juicio ciudadano 69 de este año, los integrantes del Pleno de la Sala Regional Guadalajara revocaron la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur que declaró la existencia de violencia política en razón de género atribuida al actor.
Lo anterior, debido a que contrario a lo argumentado por la responsable, del análisis del expediente no se advirtió que la expresión utilizada por el promovente para referirse a la denunciante contenga algún elemento de género ni que fue dirigida a ella por ser mujer, sino como crítica a su carrera política.
Por otra parte, en el diverso juicio 68 de 2022, la Magistrada y los Magistrados confirmaron la resolución emitida por el tribunal sudcaliforniano que determinó la existencia de la infracción atribuida al actor por la realización de publicaciones en Facebook relacionadas con el tipo de violencia referido, pues éste no controvirtió eficazmente las razones que tomó como base para resolver en la forma en que lo hizo.
En la misma sesión, quienes integran este órgano jurisdiccional, confirmaron la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco que declaró la pérdida de registro del partido SOMOS, pues dicho tribunal sí analizó todos sus argumentos y resolvió conforme a Derecho, circunstancia que el recurrente no logró desvirtuar. (SG-JRC14/2022)
En dicha sesión se resolvieron tres juicios ciudadanos y un juicio de revisión constitucional electoral, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx
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