- Se ordenó dejar sin efectos acuerdo de emplazamiento y reponer el procedimiento
Al resolver, de manera conjunta los juicios electorales 29 al 36 de 2020, los integrantes del pleno determinaron, por mayoría de votos, revocar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, y reponer el procedimiento del juicio ciudadano local.
Ello, porque estimaron que la responsable vulneró los principios de legalidad y debido proceso, al modificar la sustanciación del juicio ciudadano local e introducir figuras de procedimientos que no le son aplicables, toda vez que ordenó emplazar a quienes se les atribuyeron conductas infractoras, cuestión no prevista para las personas que procesalmente deben tener el carácter de autoridad responsable.
En otro juicio electoral, 45 de este año, la Magistrada y Magistrados electorales revocaron la resolución del Tribunal Estatal Electoral de Nayarit, pues la responsable no tomó en consideración la proximidad del proceso electoral y la suspensión de los procedimientos sancionadores, decretada por el instituto local, en el acuerdo que determinó las medidas preventivas y de actuación como motivo de la pandemia COVID-19.
La sesión de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se realizó conforme al acuerdo número 4/2020 de la Sala Superior del TEPJF, por el que se emiten los lineamientos aplicables para la resolución de los medios de impugnación a través del sistema de videoconferencias; y el emitido por esta Sala Regional el 26 de mayo de 2020, relativo a la adopción de un medio electrónico idóneo para la discusión y resolución con presencia remota de los asuntos jurisdiccionales de su competencia.
En dicha sesión se resolvieron 9 juicios electorales y las sentencias pueden ser consultadas en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx
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