jueves, 19 de agosto de 2021

LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF RESUELVE CONTROVERSIAS RELACIONADAS CON ELECCIONES EN BAJA CALIFORNIA SUR, CHIHUAHUA, NAYARIT Y SONORA.



En sesión del día de hoy, se revocó parcialmente la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, relacionada con la elección de la diputación por mayoría relativa del 5 distrito electoral local, y al analizar los agravios en plenitud de jurisdicción, se advirtió que uno de los funcionarios de casilla impugnados no fue designado por la autoridad ni pertenece a la sección electoral correspondiente. 

Por lo que, se anuló la votación recibida en dicha casilla y, en consecuencia, se modificaron los resultados de la elección. Sin embargo, al no haber cambió de ganador, se confirmó la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría expedida (SG-JRC-238/2021 y acumulado).

En otro asunto, se confirmó la resolución del Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, relacionada con la elección municipal de Los Cabos y la asignación de regidores de representación proporcional, pues contrario a lo señalado por la parte actora, la responsable sí fundó y motivó debidamente su determinación, al establecer como legal el requisito porcentual del 3% de la votación para participar en la asignación municipal por dicho principio, además de que expuso las razones por la que modificó la asignación realizada por el Consejo Municipal de dicha localidad (SG-JRC-176/2021 y acumulados). 

Por otra parte, se confirmó la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Sonora, relativa a la validez de la elección de diputaciones por el principio de representación proporcional, la asignación de curules y el otorgamiento de las constancias respectivas, al considerar correcto que la responsable confirmara el acuerdo del Consejo General del OPLE relacionado con dicha elección, pues de la revisión de la normativa en dicha entidad no se advierte que exista un diseño constitucional o legal tendente a establecer la proporcionalidad pura, ni se desprende un deber para las autoridades electorales de realizar una fase adicional en el procedimiento de asignación (SG-JDC-858/2021). 

En dicha sesión se resolvieron cinco juicios ciudadanos, tres electorales, veintiuno de revisión constitucional electoral y seis recursos de apelación, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx

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