viernes, 14 de octubre de 2022

LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF REVOCA SENTENCIAS EMITIDAS POR EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SINALOA, RELACIONADAS CON EL FINANCIAMIENTO MUNICIPAL DE UN PARTIDO POLÍTICO EN EL FUERTE Y COSALÁ



En la sesión pública celebrada en esta fecha, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara revocó las sentencias dictadas por el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, que desecharon los recursos de revisión presentados por Movimiento Ciudadano en contra de la falta de pago de financiamiento municipal, en los ayuntamientos de El Fuerte y Cosalá, correspondiente al periodo 2018-2021. 

Lo anterior, ya que, contrario a lo referido por la responsable, la vía correcta para impugnar esa omisión es el recurso de revisión, sin que sea necesario presentar con anterioridad un procedimiento ordinario sancionador, pues en ambos casos, el actor no reclamó una sanción por haber cometido alguna falta, sino la falta de pago del financiamiento público municipal que considera tenía derecho a recibir; además que ese medio fue establecido por esta Sala Regional, por lo que dicho tribunal local deberá dictar una nueva resolución en la que analice los reclamos correspondientes. (SG-JRC-63/2022 y SG-JRC-64/2022)

En la misma sesión, quienes integran el Pleno de la Sala, revocaron la resolución del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California, que declaró que no existían infracciones consistentes en uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada por parte del entonces Gobernador del estado, por diversas publicaciones en su página de Facebook. 

Ello, debido a que el tribunal electoral local, no estudió todas las publicaciones denunciadas, ni los motivos por los cuales, a decir del actor, se acreditaban las infracciones, por lo cual deberá dictar una nueva sentencia en la que analice la propaganda cuestionada. (SG-JE37/2022) 

Finalmente, la Magistrada y los Magistrados de este tribunal, confirmaron la sentencia dictada por el Tribunal Estatal Electoral de Sonora, que resolvió tener por cumplida una resolución incidental del procedimiento sancionador por violencia política contra las mujeres en razón de género, al considerar que, contrario a lo que señaló la actora, la autoridad responsable actuó conforme a derecho y, aquélla no combatió adecuadamente esa determinación. (SG-JDC-160/2022) 

En dicha sesión se resolvieron un juicio ciudadano, un juicio electoral y dos juicios de revisión constitucional electoral, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx

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