miércoles, 21 de octubre de 2020

LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF CONFIRMA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA


 

•        Se ratifican multa y amonestación pública al PRI por infringir la normativa electoral y vulnerar el interés superior de la niñez

 

Al resolver el juicio electoral 27 de este año, los integrantes del pleno confirmaron la resolución del tribunal local, en la que determinó que fue indebida la inclusión de la imagen de una menor en propaganda, porque el partido político no aportó el original el escrito de consentimiento del padre para que apareciera la imagen de su hija en las lonas que motivaron la denuncia, así como la explicación a la menor de los alcances de su participación.

 

En el juicio ciudadano 113 de 2020, relacionado con el proceso de designación de Auxiliar Jurídico en el 02 distrito electoral, la Sala Regional confirmó el sobreseimiento emitido por la Junta Local Ejecutiva del INE en Sinaloa, puesto que, aun cuando la participante a quien se le asignó el folio 3 pertenece al género femenino, tal circunstancia no legitima al actor para impugnar bajo la figura de un interés colectivo o para salvaguardar una acción afirmativa a nombre de las mujeres.

 

Asimismo, en el juicio de revisión constitucional electoral 10 de este año, el pleno confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Durango, al considerar que, a ningún fin práctico llevaría ordenar la reposición del procedimiento y desarrollo de la sesión de la Comisión de Participación Ciudadana del instituto local, ya que la negativa de procedencia de la consulta popular solicitada ante dicha comisión fue congruente con la pretensión final del partido actor.

 

La sesión de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se realizó conforme al acuerdo número 8/2020 de la Sala Superior del TEPJF, por el que se reanuda la resolución de todos los medios de impugnación.

 

En dicha sesión se resolvieron dos juicios ciudadanos, dos juicios electorales y uno de revisión constitucional electoral, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx

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