jueves, 14 de enero de 2021

LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF RESUELVE CONTROVERSIA RELACIONADA CON LA PARIDAD EN LAS CANDIDATURAS AL CONGRESO DE JALISCO


 

  • Se debe garantizar el derecho de las mujeres de participar en los distritos más competitivos.

 

Al resolver el juicio ciudadano 195 de 2020, el pleno consideró que el tribunal local no atendió debidamente el señalamiento relativo a la participación política de las mujeres en los distritos con mayores posibilidades de triunfo, por lo que la Sala Regional analizó el fondo de la controversia y determinó que los Lineamientos relativos a la paridad y las acciones afirmativas no se ajustan a lo previsto en el artículo 237, párrafo 3, del Código Electoral del Estado de Jalisco.

Por ello, ordenó a la autoridad electoral modificar la acción afirmativa para que en los bloques de competitividad previstos se exija cumplir con el principio de paridad.

Respecto al juicio ciudadano dos de 2021, los integrantes del pleno confirmaron la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Durango que modificó el acuerdo del Instituto Electoral relativo a diversas acciones afirmativas en favor de mujeres y grupos o sectores sociales en desventaja, para la renovación del Congreso.

Ello, toda vez que, la medida adoptada por la responsable potencializa la participación política efectiva de las personas indígenas en la elección de diputaciones de representación proporcional para la integración del Congreso; en congruencia con el deber de promover la igualdad de oportunidades de los pueblos y comunidades indígenas frente al derecho de acceder en condiciones generales de igualdad a las funciones públicas.

Por otra parte, en el juicio electoral 66 de 2020 y sus acumulados, se confirmaron las resoluciones incidentales emitidas por el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, pues el pleno de la Sala Regional concluyó que las actuaciones realizadas por la responsable no invaden la autodeterminación del Partido Baja California Sur Coherente en la integración de sus órganos directivos, toda vez que, forman parte de actos ordenados en sentencias principales e incidentales cuyo cumplimiento se revisa, derivadas de juicios que promovió la propia militancia.

En dicha sesión se resolvieron 14 juicios ciudadanos y 13 electorales, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx


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